Galería:
Evento: |
Estimación indirecta en el Impuesto sobre Sociedades |
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Fecha: |
24/11/2022 |
Horario: |
16:00 h – 18:00 h. |
Lugar: |
Sede del CEA y Streaming |
PONENTE:
PROGRAMA:
La base imponible se define, con carácter general, como el importe de la renta en el periodo impositivo, minorada, en su caso, por la compensación de bases imponibles negativas de ejercicios anteriores. Así, se define de forma sintética, esto es, sin distinguir entre los distintos componentes o categorías que integran la renta del periodo impositivo.
Por mandato legal, la base imponible debe determinarse por el régimen de estimación directa, por el de estimación objetiva cuando así se disponga y, subsidiariamente, por el régimen de estimación directa.
El método de estimación indirecta aparece como un método de determinación de la base imponible excepcional y subsidiario que se utiliza cuando la Administración no pueda disponer de los datos necesarios para su fijación como consecuencia de determinadas circunstancias.
De la mano de Alma Menéndez, socia de Garrigues, analizaremos cuáles son estas circunstancias y cómo debe proceder la Administración en estos supuestos. Igualmente, repasaremos los criterios administrativos y jurisprudenciales al respecto.